Nuevo Pasaporte Fitosanitario - Portal Agrari
Nuevo Pasaporte Fitosanitario
Nueva Normativa Pasaporte Fitosanitario
- Resumen Presentación Sección Certificación Vegetal
- Reglamento (UE) 2016/2031 relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales
- Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2313 por el que se establecen las especificaciones de formato del pasaporte fitosanitario
- Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 por el que se establecen condiciones uniformes para la ejecución del Reglamento (UE) 2016/2031
- Enlace MAPA
- Modelos Pasaporte Fitosanitario Ornamental y Otros
- Modelos Pasaporte Fitosanitario Ornamental Editable
- Modelos Frutal CAC Editable
- Modelos Cítricos Editable
- Modelos Vid
SUSTITUCIÓN DEL PASAPORTE FITOSANITARIO
La nueva normativa elimina la figura del pasaporte de sustitución (distintivo RP) de la Directiva 2000/29/CE, pero permite que un pasaporte fitosanitario pueda ser sustituido por otro, siendo obligatorio en el caso de que la unidad comercial se subdivida.
Artículo 93 del Reglamento (UE) 2016/2031:
El operador autorizado que haya recibido una unidad comercial, podrá expedir un PF nuevo para cada unidad comercial que sustituya a la expedida inicialmente.
Si la unidad comercial con PF se subdivide, el operador responsable de las nuevas unidades comerciales, expedirá un PF nuevo para cada unidad comercial que sustituya a la expedida inicialmente.
Se podrá sustituir si:
- Se mantiene el requisito de trazabilidad.
- Si los vegetales, productos vegetales y otros objetos siguen cumpliendo los requisitos esenciales para la expedición.
- No se han modificado las características de los vegetales, productos vegetales u otros objetos.
El operador profesional conservará el PF sustituido como mínimo 3 años.