Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO)

Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO)

Atendiendo a la necesidad para llevar los registros de utilización de productos fitosanitarios y para la adecuación, mejora y simplificación de registros que existían en su momento, como el de establecimientos y servicios plaguicidas, y disponer de los instrumentos de apoyo imprescindibles para aplicar las políticas de consecución de la  sostenibilidad y del control oficial en la utilización de productos fitosanitarios, es por lo que se crea el Registro Oficial de Productores y Operadores fitosanitarios (en adelante, ROPO), en base al anterior Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas de uso fitosanitario (ROESPF), suprimiéndose este último.

El ROPO está desarrollado en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE núm 223 del 15 de septiembre de 2012). Como norma reguladora, este Real Decreto establece la obligatoriedad de la inscripción de quienes se dediquen a las actividades relacionadas con productos fitosanitarios, sean suministradores, realicen tratamientos fitosanitarios, manipulen y utilicen este tipo de productos o asesoren en concepto de prestación de servicios a explotaciones agrarias o a particulares. También se regula el ROPO mediante el Decreto 30/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se desarrollan determinados aspectos administrativos relativos a los productos fitosanitarios en la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7481 del 9 de marzo de 2015)

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