Identificación y registro de bovinos - Portal Agrari
Identificación y registro de bovinos
El Sistema actual de identificación y registro de bovinos está basado en:
- Doble identificación auricular de los animales nacidos después del 1 de enero de 1998, con dos crotales con idéntico código numérico. La longitud del código varía dependiendo del origen del animal (El formato de los crotales de bovinos nacidos en España es ES+12 dígitos). La pérdida o deterioro de alguno de ellos debe ser comunicada a la OCAPA correspondiente para la petición de un duplicado.
-
Un documento de identificación individual (DIB), con el mismo código que las marcas auriculares, que contiene los datos del animal, los del titular y los de la explotación. Está constituido por dos ejemplares iguales:
- Un ejemplar que acompañará al animal cuando éste abandone la explotación.
-
El otro permanecerá siempre en poder del ganadero o, en su caso, de la autoridad competente, y será la base para solicitar las ayudas correspondientes del sector vacuno.
El DIB será expedido por la autoridad competente tras el nacimiento o la entrada en una nueva explotación. Por tanto, cuando el animal cambie de explotación, el titular debe solicitar un nuevo documento.
- Un registro de bovinos en cada explotación, donde se anotarán todas las entradas y salidas de animales, además de todas las incidencias.
- Una base de datos informatizada y actualizada donde están registrados todos los animales bovinos y sus movimientos (RIIA-REMO), desde su nacimiento hasta su muerte.
- La obligación de los titulares de explotaciones de bovino de notificar a las Oficinas Comarcales de la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, las entradas y salidas de animales de sus explotaciones (incluidos nacimientos y muertes), con la finalidad de mantener actualizada la base de datos, cuestión imprescindible, por otro lado, para la concesión de ayudas comunitarias.