Organització de Productors (OPFH) - Portal Agrari
Organizaciones de Productores
¿Qué es una OPFH?
Una organización de productores de frutas y hortalizas es una entidad con personalidad jurídica cuya principal finalidad es la puesta en el mercado de las frutas y hortalizas provenientes de sus miembros productores asociados.
¿Particularidades de una OPFH?
Este tipo de entidades mercantiles han de disponer de un número mínimo de miembros y de un valor o volumen mínimo de su producción comercializada.
Han de establecer en sus estatutos de funcionamiento unas normas que garanticen que toda la producción de sus miembros se comercializa a través de la organización y que aseguren el control democrático en la toma de decisiones, de manera que ninguno de los asociados a la OPFH disponga directa o indirectamente de más de un 33% de la capacidad de voto ni más del 49% del capital social de la entidad.
Obligaciones administrativas de una OPFH
Solicitar su reconocimiento e inscripción en el correspondiente registro como organizaciones de productores de frutas y hortalizas, dentro de una de las categorías que. en función de los productos comercializados, establece la normativa vigente.
Grabar en la aplicación SOFYH dependiente del MAPA, determinados indicadores (insumos, producciones, efectivos productivos y valores económicos) para cada campaña.
Ventajas de las OPFH
Solicitar ayudas a sus programas operativos (conjunto de inversiones y gastos que se desean acometer dentro de un periodo que va desde los tres hasta los siete años, destinados a la mejora de la estructura e infraestructura para la comercialización de las frutas y hortalizas para las que la organización está reconocida).
Disfrutar de ayudas para la gestión de las crisis (dificultades en la salida de sus producciones al mercado) en el marco de los programas operativos de las organizaciones de productores reconocidas. Así pueden recibir una compensación económica por dar salida a las producciones afectadas por la mencionada crisis, principalmente retiradas de producto con destino la alimentación animal y/o la distribución gratuita para personas necesitadas, aunque también se contempla una compensación que permita la recolección en verde y/o la no cosecha para los productos afectados).
Acceso a otras medidas excepcionales de ayuda (por ejemplo por fenómenos meteorológicos adversos que afecten a la producción).
¿Cómo solicitar el reconocimiento de una entidad como organización de productores de frutas y hortalizas, y el acceso a las ayudas destinadas para este tipo de entidades?
Se puede acceder a toda la información relacionada en los siguientes enlaces:
- https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17344
- https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17346
- https://servicio.mapama.gob.es/sofyh/
- https://www3.fega.es/ConCac/login?service
Normativa de referencia
- Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
- Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
- Reglamento (UE) no 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 922/72, (CEE) no 234/79, (CE) no 1037/2001 y (CE) no 1234/2007
- Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013 y (UE) n.o 1307/2013.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos adicionales para determinados tipos de intervención especificados por los Estados miembros en sus planes estratégicos de la PAC para el período 2023-2027 en virtud de dicho Reglamento, y a las normas sobre la proporción relativa a la norma 1 de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM).
- Reglamento Delegado (UE) 2017/891 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las sanciones que deben aplicarse en esos sectores y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 543/2011 de la Comisión.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas