Movimiento de ganado

Movimiento de ganado

El movimiento pecuario o traslado de animales de abasto está condicionado al cumplimiento de una serie de requisitos establecidos por normativa de carácter:

  1. Sanitario
  2. Zootécnico
  3. Identificación animal
  4. Bienestar animal

Por ello, antes de realizar un traslado, el titular de una explotación ganadera debe asegurarse que:

  1. Las explotaciones de origen y destino estén adecuadamente registradas y con la calificación sanitaria y clasificación zootécnica necesaria.
  2. Las explotaciones o zonas de origen y destino no estén sometidas a restricciones, bien por motivos sanitarios o de seguridad alimentaria.
  3. Los animales estén correctamente identificados.
  4. El traslado se realice acompañado de la documentación que reglamentariamente se establezca
  5. Los medios de transporte y transportistas estén registrados y los medios de transporte correctamente limpios y desinfectados

El titular de la explotación deberá anotar en el Libro de Registro todas las entradas y salidas de animales de su explotación.

Además, para las especies bovino, ovino, caprino y porcino, las llegadas deberán ser notificadas en el plazo establecido al Servicio Veterinario Oficial de su Oficina Comarcal Agraria (OCAPA) o al servicio de atención telefónica al ganadero.