Movimentos

Movimentos

Registro de movimiento de animales (REMO)

El Registro de movimientos de las especies de interés ganadero (REMO), recoge información relativa a los movimientos de las diferentes especies (en el caso del bovino y equino, de manera individual, en el resto de especies, por lotes). Se trata de un sistema informatizado actualmente activo para los movimientos de bovino, porcino, ovino, caprino, aves de corral, etc.

Los titulares de las explotaciones ganaderas registradas en la Comunitat Valenciana pueden solicitar la emisión de los certificados sanitarios de movimiento de ganado, de forma telemática a través de los siguientes enlaces:

  • Movimiento de animales de especies mixtos (ovino o caprino) o por lotes (resto de especies)
  • Movimiento de animales de especies con identificación individual (vacuno y equino)

TRACES (TRAde Control and Expert System)

TRACES  es una herramienta de la Comisión Europea para registrar los movimientos de animales, productos de origen animal y no animal, piensos y plantas que transitan por países de la UE o que son importados desde fuera de la UE, con el fin de velar por la seguridad de los alimentos y los consumidores.

Las partidas de animales y productos, en la mayoría de los casos, se acompañan de certificados sanitarios o documentos comerciales y las autoridades competentes pueden expedir estos documentos online a través de TRACES.

TRACES es una herramienta multilingüe que notifica, certifica y supervisa el comercio, eficaz para garantizar:

  • La trazabilidad y supervisión de los desplazamientos, tanto dentro de la UE como procedentes de países no pertenecientes a la UE.
  • El intercambio de información que permite a los socios comerciales y a las autoridades competentes obtener fácilmente información sobre la circulación de sus partidas y agilizar los procedimientos administrativos.
  • Gestión de riesgos: reacción rápida a las amenazas sanitarias mediante el rastreo de la circulación de partidas y facilitar el rechazo de las partidas que no cumplen las condiciones.

Para iniciar la solicitud del certificado TRACES se podrá realizar en el siguiente enlace.

CEXGAN (Comercio Exterior Ganadero)

La exportación de animales vivos, productos de origen animal, productos para la alimentación humana o alimentación animal y los productos sanitarios exige habitualmente la presentación de un certificado veterinario de exportación ante las autoridades del país importador. Los requisitos expedidos dependen del país de origen y del producto a exportar.

En función de su contenido, los certificados veterinarios de exportación pueden ser genéricos (cuando el país importador no exige requisitos concretos) o específicos (cuando el país importador establece requisitos equivalentes o no equivalentes a los de la Unión Europea y es necesario acordar un modelo de certificado que recoja los mismos). En algunos casos, y solamente para determinados productos el país importador puede admitir la entrada del producto sin requerir ningún certificado veterinario. A veces los países importadores solamente autorizan las importaciones de determinados establecimientos, que figuran en listados elaborados por ellos mismos basándonos en diferentes criterios.

Los certificados de exportación son emitidos por los servicios de inspección veterinaria en Frontera.

Para mejorar el comercio exterior ganadero se creó la aplicación CEXGAN 2.0 donde se encuentran registradas las empresas que realizan exportaciones de alguno de estos productos a terceros países. En ella se puede acceder a la información necesaria para realizar la exportación. Esto permite la aceleración del proceso ya que es posible la presentación de la documentación vía telemática, previa al traslado de la mercancía.

Toda la información y acceso a la aplicación se encuentra en el siguiente enlace.

En el caso que el certificado de exportación específico de animales vivos requiera requisitos de sanidad animal, el titular de la explotación ganadera deberá solicitar a los servicios veterinarios de sanidad animal de la Oficina comarcal donde se encuentre ubicada su explotación, la atestación sanitaria (certificado previo a la exportación) de los requisitos sanitarios exigidos en el certificado.

Para iniciar la solicitud de emisión del certificado previo a la exportación a terceros países de animales vivos se podrá realizar a través del siguiente enlace.

Declaración Veterinario Responsable (DVR)

Todos los establecimientos productores finales que exporten productos de origen animal destinados al consumo humano, deberán dispone de un Sistema de Autocontrol Específico (SAE) cuando el País de destino exija que el establecimiento esté autorizado por las autoridades competentes de dicho País o requisitos sanitarios de sanidad animal adicionales a los de la normativa de la Unión Europea. Estos requisitos son los contenidos en el certificado veterinario de exportación especifico (ASE).

El SAE para la exportación a terceros países, exige que los animales o las materias primas potencialmente destinadas a la exportación vayan acompañadas de una declaración veterinaria responsable (DVR) cuando se entregan a la industria alimentaria. Estos DVR han de incluir las atestaciones necesarias en función de las fichas de especificaciones elaboradas por las industrias alimentarias teniendo en cuenta los requisitos exigidos por los países a los que desean exportar. Los responsables de las explotaciones ganaderas habrán sido informados previamente por sus clientes de las atestaciones que serán necesarias, en cada caso.

Los DVR podrán ser expedidos por los Servicios Veterinarios Oficiales de las Comunidades Autónomas o por veterinarios habilitados específicamente en el ámbito del Real Decreto 993/2014.

En la Comunidad Valenciana la Declaración veterinaria responsable (DVR) la realizan los veterinarios oficiales de sanidad animal de la Consellería de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural.

Para iniciar la solicitud del DVR se han establecido dos procedimientos que se podrán realizar en los siguientes enlaces:

  1. Solicitud de emisión de DVR (Declaración Veterinaria Responsable) para la exportación de productos de origen animal destinados al consumo humano de explotaciones gestionadas por integradoras del sector porcino y avícola con 30 explotaciones o más.
  2. Solicitud de emisión de DVR (Declaración Veterinaria Responsable) para la exportación de productos de origen animal destinados al consumo humano por explotación.

Ordenamiento Jurídico Autonómico:

Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana

Ley 7/2021, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2022 (modifica Ley 6/2003)

Decreto 58/2023, de 14 de abril, del consejo, de ordenación del sector ganadero, miedo el cual se regulan los procedimientos de registro, identificación y movimiento de los animales de las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana

Documentos anexos:

Fichero de incorporación masiva de animales a un movimiento de ovino y caprino

Fichero para la confirmación de llegadas y sacrificios en matadero