Entidades Formadoras en Bienestar Animal

El bienestar animal es un tema que preocupa de forma creciente a la sociedad en general, y al sector ganadero en particular, y que está regulado en un amplísimo número de normas, cada vez más estrictas, que hacen referencia tanto a la explotación, transporte y sacrificio de los animales de producción, como a los animales de compañía o de experimentación.

Cada una de esas normas regula, dentro del ámbito de sus competencias, aspectos comunes y otros específicos para cada sector o especie. Sin embargo, uno de los puntos en el que todas confluyen es en la necesidad de que los animales, independientemente de la especie o destino de estos, vivan bajo los cuidados de personas que garanticen su bienestar.

En el ámbito de las explotaciones ganaderas, se hace especialmente importante la obligación de que el personal que trabaje con los animales posea la capacidad y los conocimientos necesarios para garantizar el cumplimiento de unas condiciones mínimas de bienestar a lo largo de toda la vida de los animales.

Especialmente delicado es el tema de las explotaciones intensivas, como es el caso de los pollos de engorde y del porcino, así como del transporte de animales de abasto o su sacrificio, previo aturdimiento, en el matadero. En estos casos, se dispone de normativa específica en la que se detallan los contenidos o materias que debe incluir la formación recibida por los trabajadores, así como otros aspectos relacionados con la duración del curso, la frecuencia de los cursos de adecuación de los conocimientos, etc.

Para armonizar todos los requisitos relativos a la formación en materia de bienestar animal, a nivel autonómico, se publicó el Decreto 205/2021, de 17 de diciembre, del Consell, de establecimiento de los requisitos de los cursos de formación en bienestar animal en la Comunitat Valenciana. En él se establece el procedimiento para que el personal que corresponda, por así requerirlo la normativa de aplicación en cada caso, de las explotaciones ganaderas, del transporte de animales, de los mataderos y de los núcleos zoológicos, tenga la formación mínima en bienestar animal, a cuyo fin se establece la tipología, el contenido, la organización y la homologación de los cursos de formación en bienestar animal, incluida la expedición cuando proceda del certificado acreditativo de la competencia. Las entidades formadoras que, en base al citado decreto, deseen homologar sus cursos de formación en materia de bienestar animal en la Comunitat Valenciana, podrán solicitarlo a través del siguiente enlace.

Por su parte, el personal que esté obligado a recibir la formación mínima necesaria sobre bienestar animal establecida en la normativa vigente, para poder ejercer su actividad en explotaciones ganaderas avícolas o porcinas, en el transporte de animales vivos, en mataderos o núcleos zoológicos, puede consultar el Listado de Cursos de Bienestar Animal homologados a entidades formadoras en la Comunitat Valenciana.