Reglamentos de Producción Integrada

Reglamentos de Producción Integrada

La producción integrada comienza a desarrollarse normativamente en la Comunidad Valenciana con el Decreto 121/1995, de 19 de junio, del Gobierno Valenciano, sobre valorización de productos agrarios obtenidos por técnicas de agricultura integrada y la Orden de 23 de mayo de 1997, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre reglamentación de las producciones obtenidas por técnicas de agricultura integrada y de las condiciones de autorización de las Entidades de control y certificación. Posteriormente, mediante Resoluciones del Director General de Investigación y Tecnología Agroalimentaria se han publicado las normas técnicas de diferentes cultivos.
Según el Decreto 121/1995: "Se entiende por producción integrada un sistema agrícola de producción de alimentos que utiliza al máximo los recursos y los mecanismos de regulación naturales y asegura a largo plazo una agricultura viable. En ella los métodos biológicos, químicos y otras técnicas son cuidadosamente elegidos y equilibrados, teniendo en cuenta la protección del medio ambiente, la rentabilidad y las exigencias sociales" (art.: 1.2)

Normativa genérica

Fechas de inscripción

La comunicación de inscripción en el registro para los operadores que soliciten ayudas agroambientales por producción integrada, se realizará exclusivamente mediante la Solicitud Única de ayudas de la PAC, siendo las fechas de inscripción las mismas que para dicha solicitud. El periodo de inscripción para quien no solicite ayudas agroambientales se publicará cada año.
Aquellos interesados que no soliciten ayudas agroambientales pueden encontrar en la siguiente página web los documentos necesarios para inscribirse en el Registro Oficial de Producción Integrada, tanto productores como elaboradores y envasadores:

EMPRESAS DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN

Entre otros requisitos, para inscribirse en el registro, los interesados deben tener un contrato con una de las Empresas de Control y Certificación (ECC) acreditadas y homologadas por la Conselleria Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua. Esta empresa realizará los controles necesarios que aseguren el cumplimiento, tanto de los requisitos generales exigidos por la normativa de producción integrada, como de los específicos del cultivo de que se trate.

FORMACIÓN

El Decreto 121/1995, de 19 de junio, del Gobierno Valenciano, sobre valorización de productos agrarios obtenidos por técnicas de agricultura integrada (DOGV núm. 2.543, de 4 de julio), exige, para la autorización administrativa de la utilización del logotipo de "Producción integrada" en el etiquetado de los productos obtenidos y elaborados por esta técnica, que los responsables técnicos de las explotaciones tengan unos conocimientos básicos mínimos de la producción integrada. Asimismo exige a las entidades de control y certificación de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación en la vigilancia, control y certificación de la producción integrada, para su reconocimiento como tales, que dispongan de personal cualificado.

CUADERNO DE EXPLOTACIÓN

Entre los requisitos que debe cumplir un productor inscrito en el registro de Producción Integrada esta el disponer de un cuaderno de explotación donde se anoten todas las operaciones y prácticas de cultivo, que serán calificadas periódicamente, y validadas, por la Entidad de control y certificación correspondiente.